lunes, 14 de noviembre de 2011

ETIQUETADO NUTRICIONAL INTA 2005-ADITIVOS


Ingredientes y Aditivos
Todos los ingredientes y aditivos contenidos en los productos alimenticios deben aparecer en la etiqueta en una lista ordenados de mayor a menor proporción, según la cantidad presente en el alimento. En consecuencia, los ingredientes que aparecen en primer orden de la lista son aquellos que se encuentran en mayor cantidad en el producto.
Aditivos Alimentarios
Los aditivos son sustancias de carácter natural o sintéticos que se incorporan a los alimentos en pequeñas cantidades con un fin tecnológico, que puede ser mantener, mejorar o conservar las características propias del alimento.
En la elaboración de alimentos sólo se pueden utilizar los aditivos permitidos por el Reglamento Sanitario de los Alimentos. El listado de aditivos de dicho texto legal es continuamente revisado por la autoridad sanitaria.
Se presentan algunos ejemplos de aditivos; también se muestra la función primaria que ellos cumplen y ejemplos de algunos alimentos que generalmente los contienen. En el Reglamento Sanitario de los Alimentos, se encuentra la lista completa de aditivos permitidos.
Es importante tener presente que los colorantes como el “amarillo crepúsculo“ y la “tartrazina” deben estar destacados (negrita y/o mayúsculas) en la etiqueta de los alimentos, porque pueden producir alergia en personas sensibles.



Algunos aditivos presentes en alimentos con sus nombres específicos y función tecnológica para la que son autorizados
Tipo de aditivo
Función
Ejemplo
Alimentos que comúnmente los contienen
Acentuantes del sabor
Sustancias que realzan el sabor del alimento
Glutamato monosódico
(ácido glutámico)
Guanilatos de calcio, potasio y sodio (ácido guanílico)
Sopas deshidratadas, caldos concentrados, aderezos
Preservantes o conservantes químicos
Inhiben, retardan o detienen los procesos que deterioran los alimentos
Ácido benzoico
Ácido sórbico
Sorbatos
Sulfitos
Mayonesas, salsas, quesos, cecinas, embutidos, mermeladas
Antioxidantes
Ayudan a mantener
en buenas condiciones el alimento, evitando la rancidez de las grasas
Ácido L-ascórbico y su
sal sódica
Ter-Butilhidroquinona
( T.B.H.Q.)
Butil-Hidroxianisol
( B.H.A.)
Galletas, aceites,
cereales para el desayuno, aderezos para ensaladas
Colorantes naturales y sintéticos
Restaurar y/o intensificar el color delos alimentos
Naturales: caramelo, curcumina, carotenos.
Sintéticos: Amarillo crepúsculo, azul brillante, tartrazina, Indigotina
Bebidas, refrescos, productos de panificación,
pastelería, yogurt,
flanes, helados
Edulcorantes no nutritivos
Proporcionan sabor dulce a los alimentos y no aportan calorías
Sacarina, ciclamato.
Aspartamo o
Acesulfamo de potasio, sucralosa
Refrescos en polvo, bebidas, productos de pastelería, gomas de mascar, jaleas, lácteos, productos bajos en calorías






Emulsionantes
Permiten obtener un producto más homogéneo y de mejor textura Previenen la deshidratación y la migración de grasa a la superficie
Lecitina y sus derivados
Mono y diglicéridos de ácidos grasos
Fosfatos de sodio, potasio, o calcio
Esteres de ácidos grasos
Cremas, bebidas, chocolate, embutidos, helados, margarinas, postres, mayonesas
Espesantes
Dan consistencia y textura al producto
Agar, Pectinas, Almidones, Carragenina, Goma Guar, Goma Arábica, Goma Xanthana
Mermeladas, leches saborizadas, jugos, sopas, helados, queques, flanes

Edulcorantes No Nutritivos
Los edulcorantes no nutritivos son sustancias que no aportan energía y que se agregan a los alimentos para proporcionarles un sabor dulce. Se emplean para reemplazar total o parcialmente el azúcar.
El Reglamento Sanitario de los Alimentos de Chile: 
Permite su uso sólo en alimentos para regímenes de control de peso, en los alimentos bajos en grasas y/o calorías y en los alimentos libres, bajos, reducidos o livianos en calorías.
Exige que: En la rotulación se indique en forma destacada su agregado como aditivo y la cantidad de edulcorante por porción de consumo habitual servida, y por 100 g ó 100 ml de producto listo para el consumo.
 Se señale para cada edulcorante los valores de Ingesta Diaria Admisible (IDA) en mg/kg de peso corporal, según las recomendaciones de FAO/OMS.
Cuando se use aspartamo se indique en la rotulación en forma destacada la advertencia para que no sea consumido por personas que padecen fenilcetonuria “Fenilcetonúricos; contiene fenilalanina”.

¿Qué es la Ingesta Diaria Admisible (I.D.A.)?
La I.D.A. es la cantidad de consumo estimada como adecuada por una persona adulta normal, de un aditivo alimentario, expresado en mg por kilo de peso corporal, que puede ser ingerida diariamente por las personas en forma mantenida, sin riesgo apreciable para la salud.


Los edulcorantes permitidos por el Reglamento Sanitario de los Alimentos (D.S. N° 977/96) con sus respectivas I.D.A. son
I.D.A. (mg/kg peso corporal)
Acesulfamo de potasio 0-15
Alitamo 0-1
Aspartamo 0-40
Ciclamato de sodio y de calcio 0-11
Sacarina de sodio y de calcio 0–5
Sucralosa 0-15
A continuación se presenta un ejemplo del número máximo de vasos (200 ml) que podría ingerir un niño (peso 20 kg) de un refresco en polvo que contiene aspartamo y acesulfamo de potasio.
En la etiqueta del refresco en polvo se indica que una vez reconstituido tendrá:
30 miligramos de aspartamo y 7 miligramos de acesulfamo de potasio por cada 100 ml, por lo tanto, por cada porción de consumo habitual de 200 ml tendrá 60 mg de aspartamo y 14 mg de acesulfamo de potasio.
Para conocer la cantidad de consumo máxima de vasos que puede consumir un niño de 20 Kg de peso corporal hay que multiplicar la I.D.A. por el peso del niño, es decir 40 mg de aspartamo x 20 kg de peso = 800 mg/día y 15 mg de acesulfamo de potasio x 20 kg de peso = 300 mg/día. Para determinar la cantidad máxima de vasos de este refresco que el niño puede consumir diariamente, es necesario dividir la cantidad máxima permitida a ser ingerida por día, por el contenido del edulcorante en un vaso, es decir 800/60 = 13 vasos por día y 300/14 = 21 vasos por día.
En consecuencia, y tal como se observa en la tabla 5, el número máximo de vasos de este refresco que puede consumir un niño de 20 kg de peso es de 13 vasos, dado que el máximo queda definido por el edulcorante con el que primero se alcanza el limite superior de ingesta, que en este caso se alcanza con el aspartamo, con 13 vasos.


FUENTE: Selección de Alimentos, Uso del Etiquetado Nutricional para una Alimentación Saludable Manual de consulta para profesionales de la salud, INTA Chile , 2005.